"El Reglamento sobre la modificación del Reglamento sobre la aplicación de la Ley de ciudadanía turca" fue adoptado por el Consejo de Ministros el 12 de diciembre de 2016 sobre la base del artículo 46 de la Ley de ciudadanía turca con el número 5901 y publicado en el Boletín Oficial el 12 de enero de 2017.
Esta regulación trajo un nuevo sub-artículo al artículo 20 de la regulación existente. Este sub-artículo establece que los extranjeros que crean oportunidades de empleo o invierten en Turquía pueden convertirse en ciudadanos.
Según el subpunto insertado, un extranjero que cumpla alguna de las siguientes condiciones puede adquirir la ciudadanía turca con la propuesta del Ministerio y la decisión del Consejo de Ministros:
- Extranjeros cuyas inversiones de un capital fijo de al menos USD 2,000,000 (Esto debe ser determinado por el Ministerio de Economía),
- Los extranjeros que compren bienes inmuebles por un valor de al menos USD 1,000,000 (una anotación que indique que los bienes inmuebles no pueden venderse durante 3 años debe agregarse en los registros de títulos de propiedad y esta anotación debe ser determinada por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo. ),
- Extranjeros que crean oportunidades de empleo al menos para 100 empleados (esto debe ser detectado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social),
- Extranjeros que compren instrumentos de deuda pública por un total de al menos USD 3,000,000. (Los instrumentos de deuda comprados deben ser mantenidos por el extranjero durante 3 años. Esto debe ser detectado por la Subsecretaría de Hacienda).
También se afirma que la tasa de venta del Banco Central de Turquía se tomará como base para la determinación de los valores monetarios mencionados en este nuevo artículo.